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Ecologistas

En la Ciudad de Murcia, a quince dias del mes de marzo de mil setezientos quarenta y dos, el Señor Dn Antonio de Heredia y Bazan, Cavallero del orden de Santiago, del Consejo de S. M. en el Real de Hacienda, Corregidor su Presidente General de todas las Rentas Rls y servicios de Millones de ella y su Reyno: Dixo, que hallandose tan recomendada por las Leies del Reyno la conservacion, plantio de montes, modo de su uso para el corte de maderas y fabrica de carvon, se experimenta con general clamor del publico hallarse desnudos los montes de esta Jurisdiccion y en gran parte destruidos los de las Villas de Mula, Pliego, Moratalla, Caravaca y otras sierras donde se crian pinares, dimanado del abuso introducido de muchos años a esta parte de las latas y rollizos (que cada pieza es un pino nuevo) para la fabrica de palacios o barracas en toda la huerta y Lugares desta Jurisdiccion, formacion de terradas, cubertizos y estacadas y otras obras que construien con esta especie de madera, siendo tan excesivo el numero que se consume que en quadrillas de carretas se transportan a los mercados todas las semanas para su benta, resultando de tan dañosa permision los imponderables perjuicios que se dexan considerar, pues ademas del que se ocasiona en los montes y sus plantios, se ha reconocido de algunos años a esta parte un tercio de mas valor en las maderas serradas de qualquier clase que sea y doble el de el carvon, procedido de lo distante de los sitios para estas fabricas (esencialisima para el comun) por no encontrarse en las inmediaciones como en otros tiempos las avia. Cuias circunstancias ha indagado Su Sriª con la maior reserva, y debiendo por su empleo y obligacion ocurrir al mas pronto remedio del tanto daño, Mando: Que incontinenti se eche vando en el mercado por voz de pregonero para que en el termino de ocho dias, que se señalan desde este por unico y perentorio termino, se beneficien y vendan las latas y rollizos que se hallaren en dhos sitios u otros desta Ciudad, y que ninguna persona de qualesquiera estado, calidad y condicion que sea con nigun pretexto ni motivo, cumplido que sea dho termino, pueda cortar, conducir ni vender los expresados pinos nuevos que comunmente llaman rollizos y latas, pena de que ademas de declararse como se declaran por perdidas, incurra qualquier contraventor en la pena y multa de diez ducados Vn, cuia aplicacion reserva Su Sriª a su tiempo, ademas de prozeder a lo que aya lugar en derecho. Y para la fabrica de palacios, terrados y demas obras se use en delante de madera serrada de la permitida por la ley, pues ademas de ser medio para escusar los daños expuestos, se consigue la maior existencia y perpetuidad en dhas obras. Y respecto de que para escusar la tolerancia que por las justicias de dhas Villas se tiene en le Corte de los pinos nuevos, se hace preciso el recurso a la Superioridad para que ordene lo que se debe practicar, reserva Su Sriª consultarlo, a cuio fin, por el presente escrivano se le entregue copia de este auto. Y lo firmo.

Antonio de Heredia Bazan.

Publicacion: En la Ciudad de Murcia y sitios del mercado publico, Carreteria y Plaza de Santa Cathalina donde se halla el maior concurso, oy jueves quince dias del mes de marzo de setezientos quarenta y dos, por Francº Alonso, pregonero, se publico en altas y inteligentes vozes el thenor del auto antezedente, de que doy fee. Royo.

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